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SPC] Línea de
atención a la violencia contra la mujer: 01 800 108 40 53
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Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar SocialMunicipio de Toluca, Oficinas Centrales del Consejo:
Paseo Tollocan norte, número 304-1, Colonia Ignacio Manuel Altamirano, Toluca,
Estado de México Municipio de Naucalpan: Avenida Lomas Verdes número 480, Mezanine 202a y
202c, Colonia Lomas Verdes, código postal 53120 Naucalpan de Juárez. Teléfonos:
Lada 01 (55) 536 34 749 y 536 35 277. Antecedentes:1
Reconociendo el preponderante lugar que la mujer ocupa en la sociedad, tanto para su conformación, como para el desarrollo equilibrado, justo, digno y seguro de la misma. El Gobernador del Estado de México, fortalece este espacio de atención a la Mujer, ampliando sus atribuciones y conformando un organismo de convocatoria transversal, que atienda las temáticas de su competencia de forma integral y participativa, transformándose el día 25 de enero del 2006, en Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social. Planeación Estratégica:2Objetivo En el marco del Plan Estatal de Desarrollo 2005-2011 y en reciprocidad al compromiso del Ejecutivo Estatal con la sociedad mexiquense, el Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, tiene como objeto la planeación, coordinación, operación y evaluación de políticas y programas para la mujer y adultos mayores, a fin de promover su bienestar social.
Misión:Elevar la calidad de vida de mujeres y adultos mayores, así como el redimensionamiento de los valores de equidad, igualdad y respeto.
Visión:Promover y fomentar una cultura de equidad de género libre de violencia. Organigrama3
Conceptos de Género4Discriminación contra la mujer. En el primer artículo de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) por sus siglas en inglés dice: A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad entre el hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra. Violencia de género. En su Recomendación General No. 19 (undécimo período de sesiones, 1992), el Comité de la CEDAW, definió como violencia de género, a la violencia dirigida contra una mujer por el hecho de serlo, la cual afecta a las mujeres de manera desproporcionada, como discriminación. Dicha violencia incluye actos que inflingen daño o sufrimiento físico, mental o sexual, las amenazas de dichos actos, la coerción y otras privaciones de libertad. La violencia de género, que impide o anula el disfrute de las mujeres de los derechos humanos y las libertades fundamentales, bajo el derecho internacional general, o bajo las convenciones de derechos humanos, es discriminación. Estos derechos y libertades, delineados en la Recomendación General No. 19 (undécimo período de sesiones, 1992) incluyen:
Programas:
[1] Secretaría de Desarrollo Social del Estado de México, Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, 2008, Boletines. "Antecedentes" [documento htm], 23 de abril. CEMYBS, http://www.edomex.gob.mx/portal/page/portal/cemybs/antecedentes. [2] Secretaría de Desarrollo Social del Estado de México, Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, 2008, Boletines. "Planeación Estratégica" [documento htm], 23 de abril. CEMYBS, http://www.edomex.gob.mx/portal/page/portal/cemybs/planeacion. [3] Secretaría de Desarrollo Social del Estado de México, Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, 2008, Boletines. "Organigrama" [documento htm], 23 de abril. CEMYBS, http://www.edomex.gob.mx/portal/page/portal/cemybs/organigrama. [4] Secretaría de Desarrollo Social del Estado de México, Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, 2008, Boletines. "Conceptos de género" [documento htm], 23 de abril. CEMYBS, http://www.edomex.gob.mx/portal/page/portal/cemybs/glosario.
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